La Justicia de Familia rosarina dispuso el bloqueo de las redes sociales de un padre por incumplir su obligación alimentaria, con el objetivo de que destine su tiempo a generar ingresos para satisfacer las necesidades de sus hijos. Pese a que una sentencia anterior lo obligó a reembolsar el 50% de los alimentos abonados por la progenitora, siguió adeudando la cuota alimentaria. Además, la jueza le prohibió renovar su licencia de conducir, asistir a la cancha de fútbol y lo incluyó en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Expte. N° 21-11408398-1 – “G, M E c/ A, M y otros s/ alimentos” - TRIBUNAL COLEGIADO FAMILIA NRO. 7 DE ROSARIO (Santa Fe) – ///11/2024